Voto por correo

En EH Bildu estaremos dispuestos a colaborar para que votes en las elecciones al Parlamento Europeo del 09 de junio de 2024. Si tienes dudas:

Voto por correo

En EH Bildu estaremos dispuestos a colaborar para que votes en las elecciones al Parlamento Europeo del 09 de junio de 2024. Si tienes dudas:

Voto por correo ordinario

Para aquellas personas que el domingo 09 de junio no puedan acudir a votar personalmente al colegio electoral.

➀ Solicitud

Entre el 16 de abril y el 30 de mayo

Acude a la oficina de correos para solicitarlo.

➁ Recepción de la documentación

Hasta el 02 de junio

Te llegará por correo certificado a la dirección que hayas indicado en la solicitud.

➂ Envío del voto

Hasta el 6 de junio

Acude a la oficina de correos y entrega el voto junto con la documentación requerida.

➀ Solicitud del voto por correo ordinario

Entre el 16 de abril y el 30 de mayo

  • Debes acudir a la oficina de Correos y rellenar el formulario de solicitud del voto por correo:
  • La solicitud la debes realizar personalmente y deberás mostrar el DNI.
  • La solicitud se remitirá por correo certificado a la Oficina del Censo Electoral.
  • También puedes solicitar el voto por correo on-line, para ello, debes poseer el certificado digital Izenpe/Cl@ve: Solicitud del voto por correo
  • Aceptada la solicitud, no podrás votar personalmente en una mesa electoral el día de la votación.
  • Seguimiento del envío de tu solicitud en:

➁ Recepción de la documentación electoral

Entre el 20 de mayo y el 2 de junio

  • Te enviarán la documentación electoral por correo certificado a la dirección que hayas indicado.
  • Únicamente te entregarán el correo certificado con la documentación electoral si eres la persona solicitante, y deberás mostrar el DNI.
  • Si no te encuentras en casa cuando el cartero o la cartera acuda, te dejará una notificación en el buzón y deberás recoger en la oficina de Correos la carta postal certificada con la documentación electoral. Recuerda que únicamente puede recogerla la persona solicitante.
  • Puedes pedir el reenvío o reexpedición de la documentación electoral a otra dirección diferente a la solicitada, siempre que medie petición por escrito del elector o electora en cualquier oficina de correos y se realice a otro domicilio situado en el territorio nacional, nunca al extranjero (la tramitación será gratuita): Descargar el formulario
  • El contenido de la documentación electoral es el siguiente:
    • Papeleta de EH Bildu.
      Sobre de votación.
    • El certificado de inscripción en el censo electoral.
    • Un sobre con la dirección de la Mesa donde te correspondería votar.
    • Una hoja explicativa.

➂ Envío del voto

Hasta el 6 de junio

  • Antes de nada, deberás de preparar toda la documentación:
    • Introduce la papeleta de EH Bildu en su sobre de votación y ciérralo.
    • Introduce el sobre y el Certificado de Inscripción Censal en el otro sobre que va dirigido a la mesa electoral que te corresponde.
  • Acude a la oficina de Correos para enviar toda la documentación electoral para depositarla con tu voto por correo (certificado y gratuito).
  • El envío de la documentación electoral:
    • Puedes realizarlo tú personalmente y deberás mostrar el DNI.
    • Puede realizarlo otra persona en tu nombre y para ello deberá de mostrar el siguiente consentimiento por escrito debidamente cumplimentado: Descargar el formulario
  • Seguimiento del envío de tu solicitud en:

Observaciones

  • Nunca envíes el sobre de votación a través del buzón de correos, tienes que acudir a la oficina postal y remitir por correo certificado.
  • No olvides introducir el certificado de inscripción en el censo, que te llegará con la documentación del voto por correo, en el sobre dirigido a la presidencia de la mesa electoral.
  • No confundas el certificado de inscripción en el censo, que te llega con la documentación del voto por correo, con la tarjeta censal (la tarjeta azul que se envía a casa para informarte de tu mesa electoral), que solo es informativa y no tiene validez.
  • Recuerda que si has solicitado el voto por correo, no podrás votar personalmente en una mesa electoral el día de la votación.

Preguntas frecuentes

Aquellas personas que no puedan votar el 9 de junio en el colegio electoral que corresponda a su domicilio. Deberás solicitar el voto por correo.

Del 16 de abril hasta el 30 de mayo, ambos incluidos.

Sí, podrás votar por correo.

Con domicilio fijo en vacaciones (apartamento, hotel, camping, …): en el formulario de solicitud de correo postal deberás indicar la dirección donde pasarás las vacaciones, y el cartero notificará la llegada de la carta.

Sin domicilio fijo en vacaciones (bicicleta, furgoneta, autocaravana…): puedes elegir la dirección de una oficina de correos del entorno donde vayas a pasar las vacaciones. Para ello, bastará con escribir “Oficina de Correos-Lista de correos” en el apartado “información adicional” del formulario. Y así, en la oficina de Correos elegida estarán esperando las papeletas que te corresponden.

No te comunicarán la fecha de llegada de tu voto por correo si no tienes un domicilio fijo vacacional, por lo que será tu responsabilidad comprobar si ha llegado la documentación, sea acudiendo personalmente o por teléfono, llamando de vez en cuando.

Hasta el 6 de junio mediante la oficina postal.

No más tarde del 02 de junio.

No. Una vez que hayas solicitado el voto por correo, únicamente podrás votar por correo y no en la urna del colegio electoral de tu localidad.

No. Los sobres que debes enviar por correo están etiquetados con las direcciones a enviar.

El 30 de mayo de 2024.

El 6 de junio de 2024 a las 14:00h.

ERTA (Residentes temporalmente en el extranjero)

Para aquellas personas que se encuentren temporalmente en un país extranjero (fuera del Estado) coincidiendo con el periodo de convocatoria de un proceso electoral, por ejemplo, estudiantes, personas trabajadoras o personas que se encuentren de vacaciones en el extranjero.

➀ Darse de alta y solicitud

Entre el 16 abril y el 11 de mayo

Acude a la Embajada/Consulado del país de destino para completar simultáneamente ambos requisitos.

➁ Recepción de la documentación

Hasta el 20 mayo

Te llegará por correo certificado a la dirección que hayas indicado en la solicitud.

➂ Envío del voto

Hasta el 5 de junio

Acude a la oficina postal del país de destino y envía el voto junto con la documentación requerida.

➀ Darse de alta como no-residente y solicitud del voto por correo

Entre el 16 abril y el 11 de mayo

  • Debes acudir a la Embajada/Consulado y:
    • Darte de alta como no residente cumplimentando el siguiente formulario de inscripción: Descargar formulario Debes aportar:
      • Fotocopia DNI
      • Fotografía tamaño carnet
      • Solicita el voto por correo como elector o electora residente temporalmente en el extranjero, rellenando el formulario pertinente que estará a tu disposición.
  • Solicita el voto por correo como elector o electora residente temporalmente en el extranjero (ERTA).
  • Ambos trámites se pueden realizar simultáneamente en la Embajada/Consulado.
  • Puedes obtener más información sobre darte de alta en el siguiente enlace: Información sobre las altas
  • Mas información.
Observaciones
  • Recuerda que los plazos son más limitados para el electorado, puesto que la solicitud sólo puede realizarse hasta el 11 de mayo. Por tanto, a partir del 12 de mayo si estás de vacaciones en el extranjero no podrás votar si el 09 de junio no estás de vuelta en tu localidad, es decir en Hego Euskal Herria.

➁ recepción de la documentación electoral

Entre el 14 de mayo y el 20 de mayo

  • Te enviarán la documentación electoral por correo certificado a la dirección en el país de destino que hayas indicado en la solicitud.
  • El contenido de la documentación electoral es el siguiente:
    • Papeleta de EH Bildu.
    • Un sobre de votación.
    • Certificado de inscripción en el censo.
    • Un sobre con la dirección de la Mesa donde te correspondería votar.
    • Impreso para la devolución de los gastos de franqueo por el envío del voto por correo.
    • Una hoja explicativa.

➂ Envío del voto

Hasta el 6 de junio

  • Antes de nada, deberás preparar toda la documentación:
    • Introduce la papeleta de EH Bildu en su sobre de votación y ciérralo.
    • Introduce el sobre con el voto y el Certificado de Inscripción Censal en el otro sobre que va dirigido a la mesa electoral que te corresponde.
    • Así mismo, rellena el impreso para la devolución de los gastos de franqueo por el envío del voto a la mesa electoral e introdúcelo en el sobre (optativo).
  • Acude a la oficina postal de tu país de destino para enviar toda la documentación electoral con tu voto por correo (certificado y gratuito) a la mesa electoral donde te corresponde votar.
  • El envío de la documentación electoral deberás de realizarlo tú personalmente.

Observaciones

  • Nunca envíes el sobre del voto depositándolo en el buzón de correos. Debes acudir a la oficina postal y remitir por correo certificado.
  • Será indispensable para la validez del voto que conste claramente en el sobre dirigido a la mesa electoral un sello con la fecha u otra inscripción oficial de la oficina postal del estado que certifique el cumplimiento del requisito del envío del voto tres días antes de tener lugar las elecciones.
  • No olvides introducir el certificado de inscripción en el censo en el sobre dirigido a la presidencia de la mesa electoral, que te llegará con la documentación del voto por correo.
  • No confundas el certificado de inscripción en el censo, que te llega con la documentación del voto por correo, con la tarjeta censal (la tarjeta azul que se envía a casa para informarte de tu mesa electoral), que solo es informativa y no tiene validez.
  • Recuerda que si has solicitado el voto por correo, no podrás votar personalmente en una mesa electoral el día de la votación.

Preguntas frecuentes

Aquellas personas que tengan como destino temporal un país extranjero.

Deberás darte de alta en la oficina consular como no residente y solicitar el voto por correo ERTA.

Sí, acude a la Embajada o Consulado y realiza la solicitud.

Del 16 de abril hasta el 11 de mayo, ambos incluidos.

Sí, podrás votar por correo ERTA.

Hasta el 6 de junio mediante la oficina postal del país donde estés.

No más tarde del 20 de mayo.

No.

No. Una vez que hayas solicitado el voto por correo, únicamente podrás votar por correo y no en la urna del colegio electoral de tu localidad.

No. Los sobres que debe enviar por correo están etiquetados con las direcciones a enviar.

El 11 de mayo de 2024.

El 05 de junio de 2024 a las 14:00h.

CERA (Residentes permanentemente en el extranjero)

Para aquellas personas que se hallan residiendo permanentemente en un país extranjero, coincidiendo con el periodo de convocatoria de un proceso electoral: no hay que solicitarlo.

➀ Verifica que estás inscrito/a en el registro consular

Acude a la Embajada/Consulado del país donde resides en el extranjero para realizar la consulta, pues es requisito necesario para poder votar de esta manera.

➁ Envío de oficio y recepción de la documentación

Entre el 4-10 de mayo

La Administración te remitirá de oficio (sin haberlo solicitado) por correo certificado a la dirección aportada en el Consulado donde residas en el extranjero la documentación electoral.

➂ Envío de oficio y recepción de las papeletas

Entre el 15-19 de mayo

La administración te remitirá de oficio a la dirección donde resides en el extranjero la papeleta de eh bildu.

➃Envío del voto

En la oficina postal hasta el 4 de junio

En la urna del consulado entre el 1-6 de junio

Acude a la Oficina Postal o al Consulado del país de destino y envía el voto junto con la documentación requerida.

➀ Verifica que estás inscrito/a en el registro consular

  • Consulta en la embajada/consulado que estés dado/a de alta como residente en el mismo. En caso de no estarlo debes gestionar el alta:
    • Date de alta como residente (residente ausente), cumplimentando el siguiente formulario de inscripción: Descargar formulario
  • Consulta si estás o no en las listas del censo en la sede electrónica del INE o en las expuestas en la oficina consular, y si fuera el caso, podrás realizar reclamaciones para corregir los errores: Enlace para realizar los trámites
  • Recuerda que no es necesario presentar ninguna solicitud como paso previo para el ejercicio de esta modalidad de voto.
  • Puedes obtener más información sobre darte de alta en el siguiente enlace: Información sobre las altas
  • Mas información

➁ Recepción de la documentación electoral

Entre el 4-10 de mayo

  • La Administración te enviará de oficio (sin haberlo solicitado) la documentación electoral a tu domicilio en el país extranjero donde residas y que hayas indicado en la inscripción consular como residencia.
  • El contenido de la documentación electoral es el siguiente:
    • El sobre en el que figure la dirección de la Junta Electoral competente (1º sobre).
    • El sobre donde aparezca la dirección de la Oficina Consular en donde estás inscrito (2º sobre).
    • El sobre de votación.
    • Dos certificados idénticos de estar inscrito en el censo de electores/as residentes ausentes que viven en el extranjero.
    • Hoja informativa.

➂ Recepción de las papeletas

Entre el 15-19 de mayo

  • La Administración te enviará de oficio (sin haberlo solicitado) las papeletas a tu domicilio en el país extranjero donde residas y que hayas indicado en la inscripción consular como residencia.
  • Puedes descargar también la papeleta desde la web que la administración pone a disposición tuya: Papeletas para el voto CERA

➃ Envío del voto

Hasta el 4 de junio por correo - Entre el 1-6 de junio en urna

  • Antes de nada, deberás preparar toda la documentación:
    • Introduce la papeleta de EH Bildu en su sobre de votación y ciérralo.
    • Introduce lo siguiente en el sobre número 1 donde aparezca la dirección de la Junta Electoral competente y ciérralo:
      • El sobre con el voto de EH Bildu.
      • El primero de los Certificado de Inscripción Censal (CERA).
      • Una fotocopia de tu DNI o Pasaporte o una certificación de nacionalidad expedida por el Consulado en el país de residencia.
    • Introduce lo siguiente en el sobre número 2 donde aparezca la dirección de la Oficina Consular en donde estás inscrito/a y ciérralo:
      • El sobre cerrado número 1 dirigido a la Junta Electoral competente.
      • El segundo de los Certificado de Inscripción Censal (CERA).
      • El impreso cumplimentado para la devolución de los gastos de envío (optativo).
  • Puedes votar mediante la oficina postal hasta el 4 de junio:
    • Remite por correo certificado el sobre número 2 a la oficina consular donde estás registrado/a.
    • Acude a la oficina postal de tu país de residencia para enviar toda la documentación electoral con tu voto por correo (certificado y gratuito) a la Embajada/Consulado.
  • Puedes votar en urna entre el 1-6 de junio:
    • Deposita (personalmente) el sobre número 2 en la urna de la oficina consular en la que estás registrado/a.

Observaciones

  • El envío de la documentación electoral lo deberás realizar tú personalmente.
  • Nunca envíes el sobre de votación introduciéndolo en el buzón de correos. Debes acudir a la oficina postal y remitir por correo certificado.
  • Será indispensable para la validez del voto que conste claramente en el sobre dirigido a la mesa electoral un sello con la fecha u otra inscripción oficial de la oficina postal del estado que certifique el cumplimiento del requisito del envío del voto tres días antes de tener lugar las elecciones.
  • No olvides introducir el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre dirigido a la presidencia de la mesa electoral, que te llega con la documentación del voto por correo.
  • Finalizado el plazo, los sobres depositados por las personas electoras y los recibidos por correo deberán ser remitidos de inmediato, mediante envío electoral, por valija diplomática, a la Oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores, la cual, a su vez, procederá al envío urgente de dichos sobres a las Juntas Electorales correspondientes.
  • La Junta Electoral escrutará todos estos votos e incorporará los resultados al escrutinio general.

Preguntas frecuentes

Aquellas personas que se encuentren residiendo en el extranjero.

No, la Administración (Delegación Provincia de la Oficina del Censo Electoral) te remitirá en un primer envío la documentación electoral y en un segundo envío las papeletas a tu domicilio en el extranjero.

Sí, podrás votar por correo.
Debes:

  1. Solicitar el voto (al igual que los/las electores/as residentes en España) por correo a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el día indicado inclusive, sin que ello suponga tu baja en el CERA.
  2. Cumplimentar y firmar la solicitud disponible en cualquier oficina de correos de España y dirigirla a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.
  3. Comprueba que en la solicitud constan la fecha y el sello correspondiente.

Una vez recibida la documentación electoral en la dirección de España que hayas señalado en tu solicitud, para enviar tu voto deberás introducirlo en el sobre correspondiente junto a la documentación indicada en la hoja informativa, y enviarlo a tu mesa electoral por correo certificado dentro del plazo indicado.

Estos/as electores/as no podrán votar personalmente en la mesa electoral.

Hasta el 4 de junio mediante la oficina postal y del 1-6 de junio mediante la urna que estará en el consulado.

Desde el 4 de mayo hasta el 10 de mayo en tu residencia en el extranjero.

Desde el 15 de mayo hasta el 25 de mayo en tu residencia en el extranjero.

A partir del 18 de mayo también podrás descargar las papeletas en este link: (pronto el enlace)

No. Los sobres que debe enviar por correo están etiquetados con las direcciones a enviar.

No. No serán válidos los sobres que lleguen después del segundo día anterior al de la elección. Este plazo tendrá el carácter de improrrogable con la finalidad de garantizar que los votos lleguen a tiempo de ser escrutados por las Juntas Electorales.

Voto por correo con poderes notariales

Para aquellas personas que por motivos de salud no pueden desplazarse a las oficinas de correos para pedir que les envíen la documentación del voto por correo.

➀ Requisito previo

Entre el 16 de abril y el 30 de mayo

Obtén el certificado médico acreditativo de enfermedad o incapacidad y realiza el poder notarial.

➁ Solicitud

Entre el 16 de abril y el 30 de mayo

La persona apoderada debe acudir a la oficina de correos para solicitar el voto por correo en nombre de la persona enferma o incapacitada.

➂ Recepción de la documentación

Hasta el 02 de junio

Te llegará a la persona apoderada por correo certificado a la dirección que haya indicado en la solicitud.

➃ Envío del voto

Hasta el 6 de junio

La persona apoderada debe acudir a la oficina de correos y entregar el voto por correo junto con la documentación requerida.

➀ Requisito previo para solicitar el voto por correo mediante apoderado/a

Del 16 de abril y el 30 de mayo

  • Debes acudir a tu médico/a y obtener un Certificado médico acreditativo de enfermedad o incapacidad, que debe contener:
    • El nombre del/la facultativo/a y su sello profesional,
    • Los datos de la persona enferma, el nombre de la enfermedad o incapacidad que le afecta (Es muy importante concretar la enfermedad para poder acreditar la causa que impide que el/la paciente se desplace y además facilitar el juicio de capacidad que tiene que realizar el/la notario/a).
    • La fecha de expedición.
  • Debes realizar un Poder notarial autorizando a una única persona apoderada para que lleve a cabo la solicitud del voto por correo en tu nombre.
  • Contacta con la notaría dentro de un plazo razonable para que el/la notario/a pueda atender la solicitud, acudir al domicilio del/la poderdante, examinar su capacidad y entregar la copia del poder para presentarla en la oficina de correos antes de que termine el plazo.
  • Consulta aquí las notarías: CAVCFN
  • Este servicio tiene un carácter preferente, urgente y gratuito (Real Decreto 557/1993, de 16 de abril).

➁ Solicitud del voto por correo

Del 16 de abril y el 30 de mayo

  • Debe acudir la persona designada en el poder notarial (la persona apoderada) a la oficina de Correos y rellenar el formulario de solicitud de voto por correo:
    • Adjuntar copia autorizada de la escritura pública.
    • Adjuntar copia autorizada del certificado médico.
    • Debe constar el nombre y dirección del/la elector/a, la dirección a la que desea que se le envíe la documentación electoral, así como el nombre y dirección de la persona autorizada para recogerla.
    • Doble posibilidad de hacer constar, bien el domicilio del/la elector/a, bien el de la persona autorizada o apoderado/a.El apoderado/a puede llevar la solicitud impresa y cumplimentada desde casa: Rellena el formulario e imprimelo
  • El o la apoderada deberá mostrar el DNI.
  • También puede solicitar el voto por correo ON LINE si posee el certificado digital (Izenpe/Cl@ve): Solicita el voto por correo
  • El o la apoderada deberá mostrar el DNI.
  • La solicitud se remitirá por correo certificado a la Oficina del censo Electoral.
  • Recuerda que, si resulta aceptada la solicitud del voto por correo, la persona poderdante no podrá votar personalmente en una mesa electoral el día de la votación.
  • Seguimiento del envío de tu solicitud en:

➂ Recepción de la documentación electoral

Entre el 20 de mayo y el 2 de junio

  • La documentación electoral será enviada al apoderado/a por correo certificado a la dirección que haya indicado.
  • Únicamente entregarán el correo certificado con la documentación electoral a la persona solicitante (apoderada) y deberá mostrar el DNI y el poder notarial (si se lo solicitan).
  • Si no te encuentras en casa cuando el/la cartero/a acuda, te dejará una notificación en el buzón y deberás recoger en la oficina de Correos la carta postal certificada con la documentación electoral, recuerda que únicamente puede recogerla la persona solicitante del voto por correo.
  • El contenido de la documentación electoral es el siguiente:
    • La Papeleta de EH Bildu
    • Un sobre de votación
    • Certificado de inscripción en el censo
    • Un sobre con la dirección de la Mesa donde le correspondería votar a la persona incapacitada
    • Una hoja explicativa

➃ Envío del voto

Hasta el 6 de junio

  • Antes de nada, deberás de preparar toda la documentación:
    • Introduce la papeleta de EH Bildu en su sobre de votación y ciérralo.
    • Introdúcelo en el sobre con la dirección de la Mesa donde le correspondería votar a la persona incapacitada:
      • El sobre con el voto
      • El Certificado de Inscripción Censal
  • La persona apoderada deberá acudir a la oficina de Correos para enviar toda la documentación electoral con tu voto por correo (certificado y gratuito).
  • El envío de la documentación electoral se puede realizar:
    • Personalmente si has recuperado la capacidad (no olvidar los poderes ni el DNI)
    • La persona apoderada (no olvidar los poderes ni el DNI)
  • Seguimiento del envío de tu solicitud en:

Observaciones

  • Nunca envíes el sobre de votación introduciéndolo en el buzón de correos. Debes acudir a la oficina postal y remitirlo por correo certificado.
  • No olvides introducir el certificado de inscripción en el censo en el sobre dirigido a la presidencia de la mesa electoral, que te llega con la documentación del voto por correo.
  • No confundas el certificado de inscripción en el censo, que te llega con la documentación del voto por correo, con la tarjeta censal (la tarjeta azul que se envía a casa para informarte de tu mesa electoral), que solo es informativa y no tiene validez.
  • Recuerda que, si has solicitado el voto por correo, no podrás votar personalmente en una mesa electoral el día de la votación.
  • Esta modalidad de voto por correo por poderes es similar al voto por correo ordinario. Si tienes alguna duda acude a la información que se aporta para esta modalidad de voto.

Preguntas frecuentes

No. El voto es secreto e intransferible. Nadie puede votar en tu nombre.

Sí, es el único caso en que se puede apoderar mediante Notario a una persona para realizar los trámites del voto por correo, siempre y cuando la persona poderdante esté enfermo/a o incapacitado/a para ir a la Oficina de Correos a realizar la solicitud.

Del 16 de abril hasta el 30 de mayo, ambos incluidos.

No. Una vez que hayas solicitado el voto por correo únicamente podrás votar por correo y no en la urna del colegio electoral de tu localidad.

No. Los sobres que debe enviar por correo están etiquetados con las direcciones a enviar.

El 30 de mayo de 2024.

El 6 de junio de 2024 a las 14:00h.

Voto por correo personal embarcado

Para aquellas personas que el domingo 09 de junio no puedan acudir a votar personalmente al colegio electoral por ser personal de los buques de la Marina Mercante y/o de la flota pesquera de altura abanderados en el Estado:

➀ Solicitud

Entre el 16 de abril y el 30 de mayo

A través de radiotelegrafía, correo electrónico o fax desde el barco donde estes embarcado.

➁ Recepción de la documentación

Hasta el 02 de junio

Te llegará por correo certificado a la dirección que hayas indicado en la solicitud

➂ Envío del voto

Hasta el 6 de junio

Acude a la oficina de correos y entrega el voto junto con la documentación requerida.

➀ Solicitud del voto por correo

Entre el 16 de abril y el 30 de mayo

  • Estas son las condiciones que tienes que cumplir para poder votar según esta modalidad:
    Debes estar embarcado/a en el periodo que va desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebración.
    En dicho periodo deberás pasar por algún Puerto estatal, en el que sepas previamente que puedes desembarcar.
  • La solicitud de este voto por correo la puedes realizar desde el mismo barco:
    • A través de radiotelegrafía, correo electrónico o fax, solicitando a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral donde estés inscrito/a, el envío del certificado de inscripción en el Censo Electoral y de la documentación para votar.
    • EL MENSAJE que se enviará debe contener los siguientes datos:
    • Nombre y dos apellidos.
    • Número del DNI.
    • Fecha de nacimiento.
    • Provincia y municipio de nacimiento.
    • Municipio de residencia que figura en el Censo Electoral.
    • Calle y número de tu domicilio.
    • Nombre del buque en que te encuentras embarcado o embarcada.
    • Puerto o puertos en que tenga prevista su arribada el buque, con indicación de las fechas concretas en que ésta se haya de producir.
    • En el caso de poder recibir la documentación electoral por medio de otro buque, se indicará en el mensaje el armador o armadora, la consignataria o el buque donde debe ser enviada dicha documentación.

➁ Recepción de la documentación electoral

Entre el 20 de mayo y el 2 de junio

  • Te enviarán la documentación electoral por correo certificado al puerto, al armador/a o al buque que hayas designado.
  • El contenido de la documentación electoral es el siguiente:
    • La papeleta de EH Bildu.
    • Sobre de votación.
    • Certificado de inscripción en el censo electoral.
    • Un sobre con la dirección de la Mesa donde te correspondería votar.
    • Una hoja explicativa.

➂ Envío del voto

Hasta el 6 de junio

  • Antes de nada, deberás preparar toda la documentación:
    • Introduce la papeleta de EH Bildu en su sobre de votación y ciérralo.
    • Introduce el sobre y el Certificado de Inscripción Censal en el otro sobre que va dirigido a la mesa electoral que te corresponde.
  • Acude a la oficina de Correos de cualquiera de los puertos en los que el buque atraque y envíalo por correo certificado y urgente (gratuito) a la Mesa en la que te corresponda votar.
  • Envío de la documentación electoral:
    • Debes enviarla tú personalmente y deberás mostrar el DNI
  • Seguimiento del envío de tu solicitud en:

Observaciones

  • Nunca envíes el sobre de votación introduciéndolo en el buzón de correos. Debes acudir a la oficina postal y remitirlo por correo certificado.
  • No olvides introducir el certificado de inscripción en el censo en el sobre dirigido a la presidencia de la mesa electoral, que te llega con la documentación del voto por correo.
  • No confundas el certificado de inscripción en el censo, que te llega con la documentación del voto por correo, con la tarjeta censal (la tarjeta azul que se envía a casa para informarte de tu mesa electoral), que solo es informativa y no tiene validez.
  • Recuerda que si has solicitado el voto por correo, no podrás votar personalmente en una mesa electoral el día de la votación.

Preguntas frequentes

No. Esta modalidad de voto es únicamente para el personal de los buques de la Marina Mercante y/o de la flota pesquera de altura abanderados/as en el Estado.

Si el crucero transcurre por el Estado deberías realizar el voto por Correo Ordinario y si transcurre por el extranjero mediante el voto por correo ERTA.

No. Los sobres que debe enviar por correo están etiquetados con las direcciones a enviar.

El 30 de mayo de 2024.

El 6 de junio de 2024 a las 14:00h.

Listado de bilgunes para recibir información presencial

  • Agurain: Martes 11:00-13:00 y 17:30-19:30.
  • Amurrio: Miércoles 11:00-13:00 y 17:00-19:00 y viernes 17:30-19:30.
  • Dulantzi: Viernes 17:30-19:30.
  • Gasteiz: De lunes a viernes 10:00-14:00 y 17:00-19:00. También en las sedes de Alternatiba, EA y Sortu.
  • Iruña Oka: Jueves 11:00-13:00 y 18:00-20:00.
  • Laudio: Martes 11:00-13:00 eta 17:30-19:30.
  • Alonsotegi: Miércoles y viernes 17:30-19:30 y 606 441 920.
  • Barakaldo: De lunes a viernes 11:00-13:00 y 17:00-19:00.
  • Bermeo: De lunes a viernes 11:00-13:00 y 18:00-20:00.
  • Bilbo: Todas las mañanas 10:00-13:30. Martes y jueves 17:00-19:00.
  • Durango: Martes 10:00-12:00 y miércoles 17:30-19:30.
  • Galdakao: Miércoles y viernes 18:30-20:00.
  • Getxo: Todos los días 9:30-14:30 y martes 18:00-19:30.
  • Gueñes: Miércoles 18:00-20:00 y jueves 11:00-13:00.
  • Igorre: Jueves 17:30-18:30.
  • Leioa: Martes y jueves 12:00-14:00 y 18:00-20:00.
  • Ortuella: Atención telefónica 688 646 253.
  • Portugalete: De lunes a viernes 12:00-14:00 y 17:30-19:30.
  • Santurtzi: De lunes a viernes 12:00-14:00 eta 17:00-19:00.
  • Sestao: De lunes a viernes 11:00-13:00 en la oficina municipal.
  • Zaldibar: Jueves 17:30-18:30.
  • Zalla: Lunes y jueves de 18:00 a 19:00.
  • Zamudio: Lunes 19:00-20:30.
  • Andoain: Viernes 18:00-19:00.
  • Arrasate: Martes 17:30-19:00.
  • Azkoitia: Miércoles 17:00-19:00.
  • Donostia: Martes 9:30-13:30 y jueves 16:00-19:00.
  • Eibar: Lunes, martes y jueves de 18:00-19:30 y miércoles de 11:00-13:00.
  • Hernani: 15 y 22 de marzo 18:00-19:00.
  • Tolosa: Viernes 18:00-19:00.
  • Urretxu-Zumarraga: Lunes 18:30-19:30 o en el teléfono 605 764 123.

Datu pertsonalen babesa

Datu Pertsonalak Babesteko Legeak ezarritakoaren arabera, honen bitartez jakinarazten dizugu zure datu pertsonalak fitxategi batean jasota egoteko eta fitxategi horren ardura izateko onarpena EH Bilduri ematen diozula, zeinak egoitza ondorengo helbidean duen: Pillotegi 2, P.K. 20018 Donostia. Aipatutako Inskribatu- fitxategiaren helburua inskribatuen datuak eta beraiekiko harremana kudeatzea posta arrunta, e- posta, telefono deiak eta mezularitza programen bitartez baino ez da, emandako datuen segurtasuna eta konfidentzialtasuna bermatuz. Datu hauek ez dira beste batzuen esku utziko eta hauek gordeko dira beharrezkoa eta zilegitasun guztiarekin bildu ziren helburuentzako.

Edozein kasutan onarpena ukatzeko, datuetara sartzeko eskubidea, horiek zuzentzeko edo kentzeko, erabileraren muga ezartzeko edo aurka egiteko, edota datuak leku batetik bestera mugitzeko eskubidea erabili nahi izanez gero, jo ezazu helbide honetara: EH BILDU, Pillotegi 2, P.K. 20018 Donostia (Gipuzkoa) edo bidal ezazu mezu elektronikoa ehbildu@ehbildu.eus helbidera, zure izena, abizenak eta NAN zenbakia azalduz.

Modu berean Datuak Babesteko Espainiako Agentziari erreklamazioak edo galderak egin ahalko zaizkio Datuen Babeserako Ordezkariari e-posta bat bidalita DBAO@ehbildu.eus helbidera.